Artículos, noticias y recursos

Soy pareja de hecho, ¿puedo cobrar la pensión de viudedad?

Las parejas de hecho tienen derecho a cobrar la pensión de viudedad. No obstante, deben cumplir una serie de requisitos. ¿Cuáles son?

Es una de las dudas más preguntadas a los abogados de derecho civil: ¿tienen derecho las parejas de hecho a una pensión de viudedad? La respuesta es afirmativa, pero para poder optar a esta pensión se deben cumplir una serie de requisitos extra, que no se les suele exigir a un cónyuge. Estos requisitos te los contamos a continuación.

Pensión de viudedad: los requisitos que se deben cumplir

En primer lugar, estos requisitos se pueden dividir en dos:

– Requisitos de pareja.

– Requisitos económicos

Los requisitos de pareja en la pensión de viudedad

Para que uno de los miembros de la pareja pueda recibir la pensión, se debe: 

Constituir la relación de manera similar a la de un matrimonio (relación más allá de la amistad o con un proyecto de vida en común). 

– Que los integrantes no estén impedidos ni tengan vínculos matrimoniales con otra persona.

– Acreditar una convivencia plena y efectiva durante más de cinco años. 

– Contar con la inscripción en el registro de parejas de hecho, formalizándose el documento público dos años antes del fallecimiento y estando unidos en el momento del fallecimiento. 

Los requisitos económicos que se deben cumplir, según los abogados de derecho civil

Si te interesa este tema, debes cumplir estos requisitos también: 

– Que los ingresos económicos de la pareja sobreviviente no alcancen, durante un año natural a la fecha de fallecimiento, el 50 % de los propios y los del causante

– Cuando los ingresos del sobreviviente sean inferiores a 1,5 veces el importe del SMI

Como has podido observar, las parejas de hecho pueden beneficiarse de una pensión de viudedad si cumplen varios requisitos económicos y de pareja. Si tienes más dudas, no dudes en contactar con nosotros: somos profesionales del derecho civil.


Logotipo de Piqueras Consultores

¿Buscas asesoría fiscal, laboral, legal o contable en Elche?

Ponte en contacto y descubre como te podemos ayudar. Ofrecemos consultoría presencial o telemática.
Imagen principal - Piqueras Consultores

Info

(+34) 966 66 55 43
(+34) 694 26 43 90
info@piquerasconsultores.com

Horario

Lunes a jueves
8:30 – 14:00, 15:00 – 18:00
Viernes
8:30 – 14:00
Fin de semana y festivos
Cerrado

Ubicación

Avinguda de l'Universitat d'Elx, 64-AC, L5, 03202 Elx, Alicante

Otros recursos

Desde Piqueras Consultores, ponemos a tu disposición una serie de lecturas recomendadas para que puedas ganar tranquilidad y tomar mejores decisiones.

Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana

Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana

29 de mayo de 2026

Recibir una herencia suele llegar en un momento personal complicado. Al dolor por la pérdida de un familiar se suman trámites, documentos, bancos, notaría, posibles desacuerdos entre herederos y, por supuesto, impuestos. Una de las dudas más frecuentes de las ... Leer más

Cómo tramitar una herencia sin testamento en España

Cómo tramitar una herencia sin testamento en España

24 de febrero de 2026

Cuando una persona fallece sin testamento, la herencia no queda en el aire, pero tampoco se reparte como diga la familia. En España se aplica la sucesión legal (intestada o abintestato) o sea, la ley decide quién hereda y en ... Leer más

Convocatoria I+D 2026 en la Comunitat Valenciana: PIDI y PIDCOP explicados

Convocatoria I+D 2026 en la Comunitat Valenciana: PIDI y PIDCOP explicados

23 de febrero de 2026

La Generalitat Valenciana y el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial IVACE, han abierto la Convocatoria I+D 2026 con dos programas de ayudas para pagar parte de proyectos de desarrollo de investigación industrial o desarrollo experimental (I+D): El plazo de solicitud ... Leer más

Deja un comentario