El teletrabajo es una opción que existe, desde que las tecnologías de la información y la comunicación nos lo permiten, en nuestro país. Sin embargo, no ha supuesto hasta ahora una fórmula muy seguida por parte de las empresas y sus trabajadores.

Hacer teletrabajo te posibilita cumplir con tus funciones laborales fuera del centro de trabajo de la empresa. No obstante, has de saber que, según el Instituto Nacional de Estadística, solo un 27 % de las empresas de nuestro país han puesto los medios suficientes para garantizar este trabajo a distancia.

Peculiaridades de hacer teletrabajo

Una vez definida esta fórmula de jornada laboral, te recomendamos que contactes con un abogado laboral de nuestra asesoría en Elche para que te pueda informar acerca de sus derechos y obligaciones.

A continuación te contamos algunas cosas que has de tener en cuenta acerca del teletrabajo. Presta atención.

– ¿Cuándo se considera que estás haciendo teletrabajo?

Se considera que estás teletrabajando cuando haces un mínimo de la mitad de tu jornada laboral en tu domicilio.

– ¿Hace falta firmar un nuevo contrato para incluir que vas a trabajar a distancia?

No es preciso. Sin embargo, en la línea de recoger con exhaustividad las condiciones laborales, conviene que las horas de teletrabajo sean tenidas en cuenta.

– ¿Te puede obligar una empresa a hacer teletrabajo?

Una firma no te puede obligar a trabajar a distancia, pero sí puede poner todos los medios oportunos para facilitar el teletrabajo. De hecho, supone una ventaja cualitativa fundamental a la hora de encarar tanto la conciliación familiar como la protección en la crisis del coronavirus.

– ¿Dónde puedes consultar la regulación del teletrabajo?

En la modificación que se produjo en 2012 del artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores.

En definitiva, hacer teletrabajo se ha convertido en un beneficio del que te conviene informarte para aprovecharlo.

Entradas Relacionadas