Las dudas se ciernen en muchos casos sobre las personas que especulan o invierten en criptomonedas. Se suele decir que estas monedas virtuales «escapan» del radar de los bancos centrales, gobiernos y hasta de Hacienda. Llegados a este punto, ¿se deben pagar impuestos por las ganancias?

Impuestos y criptomonedas

Las palabras «impuestos» y «criptodivisas» están condenadas a entenderse. En el último año, el fisco español lanzó una advertencia: las ganancias que se obtengan por la inversión en monedas virtuales, debe declararse en la declaración de la Renta.

De momento, no existe una plataforma dentro de la Agencia Tributaria para ir abriendo y cerrando posiciones especulativas (como sí ocurre con las acciones). Sin embargo, toda ganancia o diferencia patrimonial positiva debe declararse. Y, en este caso, se incluyen las criptodivisas, las cuales están sujetas a tributación de IRPF como si invirtiéramos en bolsa, fondos de inversión, materias primas, etc.

Casilla 1626 de la renta para las criptodivisas

Desde la Renta 2021, Hacienda ha reservado la casilla número 1626 para la inversión en criptoactivos. Cabe destacar que hay declarar no los movimientos de compra, sino los de venta, en los que puede existir la ganancia. Ya se sabe: no se gana o se pierde realmente hasta que se vende.

En esta casilla se deben insertar las ganancias totales. A veces, puede parecer complicado recopilarlas todas, pero es habitual que los intermediarios con los que se invierta nos den la información fiscal de un periodo a otro (que coincide con el año natural). De lo contrario, se debe realizar un Excel para conocer las plusvalías obtenidas.

Por último, la cantidad a pagar irá del 19 % de las ganancias (por los primeros 6000 €) hasta el 26 % (desde los 200 0001 €).

A la pregunta de si se pagan impuestos por las criptodivisas, la respuesta es contundente: . Toda ganancia patrimonial en España está sujeta a IRPF.

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