Novedades de deducciones de Impuesto de Sociedades

El Impuesto de Sociedades hace referencia a la tributación de los beneficios de las empresas y se sitúa en el 25 % como norma general. Aun así, existen una serie de gastos que son deducibles y que pueden reducir su pago. Es importante que los conozcas para llevar a cabo una buena presentación y no pagar de más.

Deducciones de impuesto de sociedades

Lo primero que debes conocer es que todos aquellos gastos que no figuran como no deducibles en la Agencia Tributaria son, por lo tanto, deducibles. Estos son algunos de los más habituales y están recogidos como tal en la normativa o en la jurisprudencia nacional:

  • Frente a la doble imposición: Cuando una empresa debe hacer frente a un impuesto en dos Estados se puede aplicar una deducción para no caer en la doble carga.
  • Bonificaciones: Se trata de los beneficios obtenidos por realizar determinadas actividades de manera local o en territorios específicos como Ceuta o Melilla.
  • Incentivación: Son los porcentajes correspondientes a la inversión en actividades concretas como I+D+i, producciones culturales, creación de empleo o creación de empleo para personas con discapacidad. Se entienden que estas inversiones actúan en beneficio de la riqueza nacional.

Estos tres puntos son las principales bonificaciones que aparecen recogidas en la Ley del Impuesto de Sucesiones, pero existen otras fijadas por la jurisprudencia:

  • El sueldo de los socios en pequeñas sociedades.
  • Intereses por préstamos para la actividad.
  • Intereses de aplazamientos de pago de impuestos.

No debes olvidarte de todos aquellos gastos que no aparecen recogidos como no deducibles por la AG. Para no dejarte ninguno atrás, la mejor opción es apostar por una asesoría contable para la presentación de este impuesto.

Se puede reducir el pago del Impuesto de Sociedades gracias a las deducciones de determinados gastos recogidos en la Ley y la jurisprudencia nacional.

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