Los expedientes de regulación temporal de empleo han sido muy relevantes para compatibilizar la distancia social y la sostenibilidad de las empresas que tuvieron que parar sus actividades o parte de ellas durante la crisis del coronavirus. Los despidos tras un ERTE se convierten ahora en un tema controvertido.

Despidos tras un ERTE

En primer lugar, hemos de señalar que los pactos de los agentes sociales (Gobierno, patronal y sindicatos) habían resuelto que las empresas que se habían acogido a un ERE para paliar los efectos de la covid-19 debían mantener el empleo durante los seis meses posteriores a su finalización. Es decir, no podrían hacer despidos tras el ERTE.

Seis meses que, en principio, comenzaban a partir del 30 de junio de 2020. Sin embargo, este pacto se ha reformulado para extender los efectos de los ERTE hasta el 30 de septiembre, lo que también prolonga la obligación de conservar los puestos de trabajo.

¿Significa, por otro lado, que un empleado no puede perder el trabajo bajo ningún concepto cuando concluya el ERTE? La respuesta es no. La empresa, por su parte, no puede despedirlo por causas objetivas, como las económicas, de producción o fuerza mayor.

Pero has de tener en cuenta que el empleado puede ser cesado por razones disciplinarias. Por ejemplo, si no se reincorpora cuando termine el ERTE. Asimismo, existe jurisprudencia acerca de los criterios para despedir por motivos objetivos.

Ten en cuenta que una empresa puede haber entrado en un ERTE cuyas causas no tuvieran que ver con la pandemia. Se puede dar la conversión en ERE, vinculada a la extinción de los puestos de trabajo, de un antiguo ERTE.

Este supuesto se da, por ejemplo, cuando una empresa está en peligro de quiebra o va a entrar en un concurso de acreedores.

En definitiva, los despidos tras un ERTE son más complejos, pero siguen siendo posibles. ¡Toma nota!

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