En nuestra asesoría en Elche tenemos claros los cambios en los impuestos de las tiendas online.

Cómo tributará el comercio electrónico es una duda que afecta, sobre todo, a las empresas que tienen compradores online y proveedores en el extranjero.

¿Cómo tributará el comercio electrónico en 2021?

Hemos de señalar que las importaciones y exportaciones globales de esta clase de comercio han estado sujetas en nuestro país a la Ley del IVA 37/1992, de 28 de diciembre; y la Directiva 2006/112/CE, que también regula el sistema común de este tributo.

Sin embargo, el recurso a servicios y la venta de productos a distancia se va a ver afectado, a partir del 1 de julio de 2021, por la Directiva 2017/2455/CE, de 5 de diciembre de 2017, la cual va a implicar modificaciones en la fiscalidad de estas actividades.

Novedades tributarias

El umbral para tributar el IVA en el país de destino es sustituido por el de 10 000 euros en todos los comunitarios. De todas maneras, has de tener en cuenta que dicho umbral es de aplicación a las entregas relativas a telecomunicaciones, radiodifusión, televisión y servicios electrónicos que se realizan con particulares, personas jurídicas que no coinciden con empresas y sujetos pasivos no asociados a las deducciones totales o parciales del tributo.

El citado umbral se estipula para los actores que solo tienen una sede fija en la UE. No se aplica a los bienes que se importan, los cuales tributan en el Estado comunitario de llegada.

Las plataformas, que importen bienes de menos de 150 euros de empresarios de fuera de la UE, se convierten en sujetos pasivos de su IVA (con diversas excepciones). También van a estar sujetas a aranceles en el país comunitario de llegada.

En definitiva, saber cómo tributará el comercio electrónico requiere actualizar conocimientos para evitar sanciones. ¡Consulta a tu abogado fiscal y contable en Elche!

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