
No estar casado no implica estar desprotegido, pero sí requiere más previsión legal. Si convives en pareja y no hay vínculo legal, esto te interesa. Aunque muchas parejas conviven durante años como si estuvieran casadas, la ley no las reconoce de la misma forma. ¿Qué sucede si uno fallece sin dejar testamento ni vínculo matrimonial? La respuesta puede sorprenderte.
¿Puede heredar mi pareja si no estamos casados?
En términos generales, la pareja de hecho no tiene derecho automático a heredar. Salvo que exista un testamento que lo especifique, la ley no contempla a la pareja como heredera legal, ni siquiera en uniones de larga duración.
Cada comunidad autónoma puede tener normativas distintas, y algunas reconocen ciertos derechos a las parejas inscritas como pareja de hecho. Pero la clave está en la planificación: sin testamento, los bienes pasarán a los familiares directos (hijos, padres o hermanos), y la pareja quedará al margen.
Además, no heredar no solo significa perder bienes materiales. También implica no tener voz en decisiones clave, como el uso de la vivienda común o la gestión de cuentas compartidas. Incluso pueden surgir conflictos con la familia del fallecido, lo que genera incertidumbre en un momento emocionalmente difícil.
Para evitar problemas, se recomienda:
- Inscribir la pareja de hecho, si la comunidad lo permite.
- Redactar un testamento claro, incluyendo a la pareja como heredera.
- Revisar las implicaciones fiscales, ya que la pareja no casada suele tributar como un extraño.
- Valorar otras vías como seguros de vida o donaciones en vida.
- Buscar asesoramiento profesional, adaptado a cada caso y territorio.
- Dejar constancia documental de la convivencia y acuerdos patrimoniales alcanzados.
Convivir sin casarse es una elección personal, pero su impacto legal puede ser grande si no se toman medidas a tiempo. Planificar hoy evitará problemas mañana. En Piqueras Consultores te ayudamos a proteger lo que más importa.
-
Entrada anterior
ERE y despido colectivo: ¿son lo mismo?
-
Siguiente entrada
¿Es obligatorio jubilarse?