Artículos, noticias y recursos

Aplicación del tipo reducido del 15 % en el Impuesto de Sociedades: novedades 2023

Aplicación del tipo reducido del 15 % en el Impuesto de Sociedades: novedades 2023

El tipo reducido del 15 % en el impuesto de sociedades ha experimentado cambios en el 2023. Te animamos a continuar leyendo para comprobar si estas modificaciones te afectan.

Tipo reducido en el Impuesto de Sociedades

La mayoría de empresas tienen un tipo impositivo del 25 % en el impuesto de sociedades, sin embargo, hay casos en los que hay un tipo reducido del 15 %. Así se estableció en el artículo 68 de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el 2023. Las tablas con los tipos aplicables, tanto por años como en porcentajes, se pueden consultar en la web de la Agencia Tributaria.

Las empresas que pueden acogerse al tipo reducido son las sociedades de nueva constitución. Para ello, en el primer periodo impositivo, la base imponible ha de ser positiva, pero también pueden beneficiarse del tipo reducido en los dos siguientes ejercicios fiscales de forma consecutiva, siempre que no presenten pérdidas.

Por otro lado, nos gustaría destacar que la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, también amplió el tipo reducido del 15 % a otras empresas. Se trata de negocios emergentes, es decir, empresas que realicen actividades tecnológicas y que sean de reciente creación. Este tipo de sociedades, puede disfrutar de esta reducción siempre que haya tenido ganancias, requisito indispensable para los tres siguietes ejercicios.

Es importante que sepas que hay una serie de prohibiciones de acogerse a este beneficio para evitar fraudes:

  • En el caso de que la actividad económica haya sido practicada por personas previamente que estén relacionadas con la entidad nueva.
  • Si se da la situación de que la actividad empresarial ha sido ejercida durante el año anterior a la constitución de la nueva sociedad por una persona física que tenga una participación.

En resumen, hay determinadas empresas que pueden acogerse al tipo reducido del 15 % en el impuesto de sociedades, pero con requisitos y limitaciones.


Logotipo de Piqueras Consultores

¿Buscas asesoría fiscal, laboral, legal o contable en Elche?

Ponte en contacto y descubre como te podemos ayudar. Ofrecemos consultoría presencial o telemática.
Imagen principal - Piqueras Consultores

Info

(+34) 966 66 55 43
(+34) 694 26 43 90
info@piquerasconsultores.com

Horario

Lunes a jueves
8:30 – 14:00, 15:00 – 18:00
Viernes
8:30 – 14:00
Fin de semana y festivos
Cerrado

Ubicación

Avinguda de l'Universitat d'Elx, 64-AC, L5, 03202 Elx, Alicante

Otros recursos

Desde Piqueras Consultores, ponemos a tu disposición una serie de lecturas recomendadas para que puedas ganar tranquilidad y tomar mejores decisiones.

Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana

Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana

29 de mayo de 2026

Recibir una herencia suele llegar en un momento personal complicado. Al dolor por la pérdida de un familiar se suman trámites, documentos, bancos, notaría, posibles desacuerdos entre herederos y, por supuesto, impuestos. Una de las dudas más frecuentes de las ... Leer más

Cómo tramitar una herencia sin testamento en España

Cómo tramitar una herencia sin testamento en España

24 de febrero de 2026

Cuando una persona fallece sin testamento, la herencia no queda en el aire, pero tampoco se reparte como diga la familia. En España se aplica la sucesión legal (intestada o abintestato) o sea, la ley decide quién hereda y en ... Leer más

Convocatoria I+D 2026 en la Comunitat Valenciana: PIDI y PIDCOP explicados

Convocatoria I+D 2026 en la Comunitat Valenciana: PIDI y PIDCOP explicados

23 de febrero de 2026

La Generalitat Valenciana y el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial IVACE, han abierto la Convocatoria I+D 2026 con dos programas de ayudas para pagar parte de proyectos de desarrollo de investigación industrial o desarrollo experimental (I+D): El plazo de solicitud ... Leer más