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Ley 3/2020, de 18 de septiembre: medidas concursales y societarias

Tras la publicación de las nuevas medidas concursales con la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, se han producido una serie de cambios que afectan tanto al derecho mercantil como al derecho administrativo. Te explicamos las más importantes a continuación y qué consideraciones se deben tener en cuenta.

Principales medidas concursales y societarias

La primera medida importante de la nueva ley es la tramitación preferente de algunos tipos de procesos concursales. Esta medida tiene como objetivo mantener tu economía, si eres un autónomo o un empresario, tras el estado de alarma que ha hecho mella en la renta de todo el país. Para ello, se han creado nuevas unidades en el ámbito de la Administración de Justicia.

Además, otra importante novedad es la potenciación de la financiación de las empresas, principalmente cambiando la calificación de los créditos de aquellas personas que se encuentren vinculadas con el deudor. Por otro lado, se intenta agilizar los procedimientos concursales, evitándose la celebración de vistas o tramitando preferentemente ciertas actuaciones que, por su parte, tienden a mejorar los derechos de los trabajadores.

Consideraciones importantes

Las consideraciones más importantes de esta nueva ley son cuatro. La primera es que la obligación de abrir la fase de liquidación se pospone hasta marzo de 2021. A su vez, si tienes que abrir el concurso de acreedores, se aplaza hasta diciembre de 2020. Por último, es importante señalar la agilización concursal y la calificación de créditos contra la masa.

En definitiva, el estado de alarma generado por la COVID-19 ha creado la necesidad de que entren en vigor nuevas medidas concursales que protejan tu economía empresarial o como autónomo y que, del mismo modo, no se colapsen los juzgados de lo mercantil. Por eso, resaltamos los aplazamientos, el fomento de ayudas a empresas y autónomos, así como la agilización procesal.


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