¿Pueden cobrar pensión de orfandad las personas mayores de 25 años?

¿Sabes si las personas mayores de 25 años pueden cobrar la pensión de orfandad? Esta es una pregunta habitual y, por ello, desde Piqueras Consultores te ayudamos a entender en qué supuestos sí se puede cobrar.

 

Pensión de orfandad para mayores de 25 años

 

La pensión de orfandad es una prestación económica pública de la que se benefician los descendientes de una persona fallecida, es decir, los hijos.

 

En líneas generales, esta prestación se extingue a los 25 años, no obstante, hay 3 excepciones que merece la pena que conozcas más al detalle.

 

Estudios

 

Si cumples 25 años, eres estudiante y recibes la pensión de orfandad, el derecho a recibirla no se extingue automáticamente. De hecho, el cobro de la mensualidad se mantiene hasta el primer día del mes posterior al inicio del siguiente curso académico.

 

Discapacidad

 

La Seguridad Social ha establecido en su normativa que los mayores de 25 años con discapacidad también pueden seguir cobrando esta prestación.

 

El requisito es tener acreditada una discapacidad igual o superior al 65 %. Además, hay que tener en cuenta cuándo se produjo el fallecimiento del progenitor. Si sucedió antes de 2008, se exige que este tuviera un tiempo de cotización determinado.

 

Mayores de 45 años

 

Las personas mayores de 45 años pueden optar a la pensión de orfandad siempre que se hayan dedicado al cuidado de sus progenitores.

 

Los requisitos son los siguientes:

 

  • Haber convivido con el progenitor durante los dos últimos años.
  • No cobrar ningún otro tipo de pensión.
  • Tener ingresos inferiores al SMI.

 

Como has podido comprobar, hay determinados supuestos en los que es posible cobrar la pensión de orfandad si tienes más de 25 años. Si necesitas asesoramiento, contacta con nosotros, Piqueras Consultores, por las vías indicadas en la web.

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