Saber si puedo hacer un ERTE es una de las preguntas más realizadas debido a la crisis del coronavirus a un abogado laboral para empresas. El ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo que habilitan a las empresas a suspender los contratos de sus trabajadores. No obstante, ten en cuenta que, cuando termine el periodo, estos tendrán que recuperar sus previas condiciones contractuales.

Todo sobre los ERTE

– Los ERTE pueden deberse a causas organizativas o productivas, así como debido a fuerza mayor, como ocurre por la COVID-19.

– Los tipos de ERTE en España son la reducción de la jornada o la suspensión del contrato.

– El tiempo de duración del ERTE está supeditado a lo que dure la situación excepcional.

– El trabajador cobrará el 70 % de la base reguladora, ya que le corresponde paro, o del 50 % desde el mes séptimo.

– El ERTE no se le puede hacer a quien esté de baja.

– No hay un máximo de empleados a quien se le pueda realizar un ERTE.

– Las prestaciones de los empleados se realizarán a cargo de la Seguridad Social, no del empresario.

– Las empresas que tienen menos de 50 trabajadores no tendrán que pagar las cotizaciones de los empleados y las que tengan más, un 25 %.

– El ERTE debe preavisarse con 15 días, y en el caso de la COVID-19, 5 días.

– Puedes obligar a los empleados a que utilicen las vacaciones que no han disfrutado, pero con un preaviso de dos meses.

– No existirá el derecho a las vacaciones para el trabajador mientras dure el ERTE, ya que ha habido una suspensión del contrato.

– El ERTE se puede realizar a contratos temporales y fijos discontinuos.

Ante la pregunta de puedo hacer un ERTE, solo añadir que está la posibilidad de que el empresario solicite la reincorporación del empleado antes. Ante cualquier duda, consultar nuestra asesoría en Elche.

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